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* Artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Artículo 103 del TRLDCU (excepciones Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre): m) El suministro de contenido digital que no se preste en un soporte material cuando la ejecución haya comenzado con el previo consentimiento expreso del consumidor y usuario con el conocimiento por su parte de que en consecuencia pierde su derecho de desistimiento.
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